

Comité Cámara de Senadores.
También conocido como “cámara alta”, nace de en la antigua oragnizacion política de en Roma, su nombre proviene de senatus. Es el conjunto de individuos elegidos para representar en el parlamento a cada uno de los estados.
En México aparece esta figura en el Constitución de 1824, pero en 1857 se decidió que esta cámara no existiera más y después de un largo debate, en 1874 nuevamente se decidió la instauración de esta cámara. La Constitución establece que en nuestro país el Supremo Poder de la Federación se divide, para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. El Poder Legislativo se deposita en un Congreso General, el cual a su vez se divide en dos Cámaras, una de Diputados y otra de Senadores.
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La Cámara de Senadores se integra por 128 senadores, los cuales son elegidos de entre las fórmulas de candidatos registrados por cada partido político en cada uno de los estados y el Distrito Federal, en este sentido, dos serán elegidos por mayoría relativa que son los candidatos que obtuvieron el mayor número de votos (64 senadores); uno será asignado a la primera minoría que se deriva de la fórmula de candidatos que hayan ocupado el segundo lugar en número de votos (32 senadores); los restantes serán elegidos mediante listas votadas en una sola circunscripción plurinominal y que serán asignados a los partidos políticos a partir del resultado de la votación obtenida en la elección de conformidad con la legislación electoral aplicable (32 senadores). Esto según los artículos en sus numerales 49, 50 y 56 de la CPEUM.
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